Abogado especialista en gran invalidez

¿El INSS te ha denegado la gran invalidez cuando necesitas ayuda de otra persona para realizar los actos más básicos de tu vida diaria? Comprendemos lo duro que es esta situación: tus limitaciones son tan severas que no puedes valerte por ti mismo, pero la administración no reconoce tu dependencia. Dispones de 30 días hábiles para presentar la reclamación previa y conseguir tanto el reconocimiento del grado como el complemento económico que te corresponde. En Reclamación Previa somos abogados especializados en defender tu derecho a la gran invalidez cuando el INSS lo deniega injustamente.

¿Qué es la gran invalidez y cuándo tienes derecho a ella?

La gran invalidez es el grado más alto de incapacidad permanente. Se reconoce cuando, además de estar inhabilitado para cualquier trabajo (como en la incapacidad permanente absoluta), necesitas la asistencia de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida diaria: vestirte, asearte, comer, desplazarte dentro del domicilio, o controlar tus necesidades fisiológicas.

No basta con tener patologías muy graves. El INSS debe reconocer que tu grado de dependencia es tal que requieres ayuda continua de tercera persona. Este grado incluye, además de la prestación económica por incapacidad absoluta, un complemento económico adicional para compensar los gastos de asistencia que necesitas.

Las denegaciones de gran invalidez suelen producirse porque el INSS considera que tus limitaciones no son tan severas como para necesitar asistencia constante, porque minimizan tu grado real de dependencia, o porque valoran que puedes realizar algunos actos básicos sin ayuda aunque necesites asistencia para otros. El tribunal médico aplica criterios muy restrictivos en estos casos.

Trabajamos con todo tipo de situaciones que justifican la gran invalidez: tetraplejias o paraplejias, secuelas neurológicas graves (ictus con hemiplejia severa, esclerosis múltiple avanzada, demencias), ceguera bilateral, amputaciones múltiples, enfermedades degenerativas avanzadas, pluripatologías extremadamente limitantes, y cualquier combinación de patologías que te impidan realizar por ti mismo los actos más básicos de autocuidado.

Reclamación previa por gran invalidez: demostrar tu grado de dependencia

Conseguir el reconocimiento de la gran invalidez tras una denegación requiere demostrar de forma objetiva y convincente que necesitas asistencia de tercera persona para los actos esenciales de la vida. La reclamación previa obligatoria que debes presentar en 30 días hábiles es tu primera oportunidad de corregir la valoración errónea del INSS.

¿Qué necesitas demostrar exactamente? Que tu dependencia es real y constante para actividades como levantarte de la cama, vestirte, ducharte, preparar comida, comer sin ayuda, desplazarte por casa, o controlar esfínteres. No basta con tener diagnósticos graves; hay que acreditar las limitaciones funcionales concretas que te impiden valerte por ti mismo.

En Reclamación Previa preparamos tu caso con una estrategia específica para gran invalidez. Analizamos tu resolución denegatoria identificando qué argumentó el INSS para rechazar tu dependencia. Estudiamos exhaustivamente tus informes médicos buscando evidencias de las limitaciones que el tribunal no valoró adecuadamente.

Recopilamos documentación médica adicional que acredite tu grado de dependencia: informes de especialistas que describan tus limitaciones funcionales concretas, informes de enfermería o cuidadores que certifiquen la asistencia que necesitas diariamente, informes médicos periciales específicos sobre tu nivel de autonomía, pruebas diagnósticas que objetiven la severidad de tus patologías.

Preparamos un escrito de reclamación previa donde argumentamos jurídica y médicamente por qué necesitas asistencia de tercera persona, detallando cada acto esencial que no puedes realizar sin ayuda. Demostramos que tu situación cumple los requisitos legales para la gran invalidez y que mereces tanto el reconocimiento como el complemento económico adicional.

Por qué necesitas especialización para casos de gran invalidez

La gran invalidez es el grado más difícil de conseguir porque el INSS interpreta muy restrictivamente qué significa «necesitar asistencia para actos esenciales». Muchas denegaciones se producen porque el tribunal considera que puedes realizar algunos actos básicos aunque con dificultad, sin valorar que necesitas ayuda constante para la mayoría de ellos.

Nos dedicamos exclusivamente a reclamaciones previas al INSS y conocemos en profundidad los criterios que aplica el tribunal médico para valorar la gran invalidez. Sabemos qué tipo de documentación médica es más efectiva, cómo argumentar jurídicamente la necesidad de asistencia, y qué pruebas pueden resultar determinantes.

Tenemos experiencia en casos de gran invalidez denegados inicialmente pero reconocidos tras nuestra intervención: situaciones donde el INSS no valoró correctamente el grado de dependencia, casos con patologías muy limitantes que el tribunal minimizó, expedientes donde la documentación aportada inicialmente no reflejaba la realidad funcional del paciente.

Si tu reclamación previa es desestimada, tendremos preparada la estrategia completa para la demanda judicial posterior. En vía judicial, la prueba pericial médica sobre tu grado de autonomía puede ser determinante para conseguir el reconocimiento.

También trabajamos casos de revisión de grado cuando ya tienes reconocida una incapacidad permanente absoluta pero tu situación se ha agravado tanto que ahora necesitas asistencia constante de tercera persona. O cuando tienes reconocida una incapacidad permanente total y tu salud ha empeorado drásticamente. Además, te asesoramos sobre compatibilidades del complemento de gran invalidez.

Ofrecemos atención personalizada en toda España, tanto presencial como 100% online, adaptándonos a tus circunstancias de movilidad extremadamente limitada. Entendemos que vives una situación de máxima gravedad, con dependencia absoluta de otras personas y con la angustia añadida de no tener reconocido el grado ni el complemento económico que necesitas. Nuestro trato combina rigor técnico absoluto con la máxima sensibilidad humana.

El plazo de 30 días hábiles es muy breve y no puedes dejarlo pasar. Una denegación de gran invalidez no tiene por qué ser definitiva si actúas a tiempo con la defensa adecuada. Llámanos al 665 492 396 o consulta todos nuestros servicios especializados. La primera consulta es totalmente gratuita y sin compromiso. Contacta ahora y defiende tu derecho a la gran invalidez con abogados que conocen cada aspecto de este complejo procedimiento.

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